SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2016-S3
Fecha: 05-Feb-2016
III.2.1. Consideraciones previas
Previo al análisis de la problemática planteada, es necesario pronunciarse sobre la falta de legitimación pasiva expuesta por las autoridades demandadas, quienes sostienen que no fueron sus personas las que emitieron el memorando de reasignación de ítem, funciones y nivel salarial, sino que fue el Director Nacional de RR.HH. del Consejo de la Magistratura. Al respecto, el accionante acreditó que frente a la emisión del memorando 081/2015, presentó recurso de revocatoria el 2 de marzo de ese año; y ante la falta de respuesta interpuso recurso jerárquico el 21 de abril del indicado año, conforme se describió en las conclusiones abordadas en este fallo constitucional, lo que permite determinar que la resolución del recurso jerárquico, correspondía ser resuelta por las autoridades hoy demandadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- “otorgó”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Estado protegerá la estabilidad laboral
- tutelar este derecho fundamental contra actos que priven o restrinjan el ejercicio de este derecho o actitudes discriminatorias, a fin de garantizar iguales oportunidades para conseguir y tener estabilidad en un puesto de trabajo,
- de lo que se desprende que la estabilidad, constituye un derecho para el trabajador
- III.2.1. Consideraciones previas
- la resolución jerárquica tiene la posibilidad de corregir, enmendar o anular las determinaciones asumidas por las autoridades de mejor jerarquía
- corresponde el derecho de inamovilidad laboral del señor Arturo Manuel Luís Gantier Campos
- CONFIRMAR