Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2016-S3
Fecha: 05-Feb-2016
II.8.
II.8. Consta memorial de 21 de abril de 2015, por el cual el ahora accionante formuló recurso jerárquico contra el memorando DIR-NAL.RR.HH. 081/2015, pidiendo se eleve lo obrado al superior a efectos de que se revoque el citado memorando, manteniendo vigente el ítem 5749 con nivel salarial de Bs4 752.-, debido a su inamovilidad laboral; toda vez que, la rebaja de sueldo, constituye su retiro indirecto (fs. 16 a 17 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- “otorgó”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Estado protegerá la estabilidad laboral
- tutelar este derecho fundamental contra actos que priven o restrinjan el ejercicio de este derecho o actitudes discriminatorias, a fin de garantizar iguales oportunidades para conseguir y tener estabilidad en un puesto de trabajo,
- de lo que se desprende que la estabilidad, constituye un derecho para el trabajador
- III.2.1. Consideraciones previas
- la resolución jerárquica tiene la posibilidad de corregir, enmendar o anular las determinaciones asumidas por las autoridades de mejor jerarquía
- corresponde el derecho de inamovilidad laboral del señor Arturo Manuel Luís Gantier Campos
- CONFIRMAR