SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2016-S1

Fecha: 17-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra fue imputado por los delitos de falsedad ideológica y material, uso de instrumento falsificado, contratos lesivos al Estado, conducta antieconómica e incumplimiento de deberes; consecuentemente, el 5 de agosto de 2015 la Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del departamento de La Paz, en audiencia de medidas cautelares dispuso por Auto Interlocutorio 457/2015 de 5 de agosto, la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva; vale decir, detención domiciliaria, arraigo, fianza económica por el valor de Bs80 000.- (ochenta mil bolivianos) y la prohibición de tomar contacto con otros presuntos partícipes y coimputados; sin embargo, el 7 de agosto del citado año, dicha Resolución fue apelada solamente por el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción y no así por el Ministerio Público ni por la Policía Boliviana, alegándose falta de congruencia y adecuada fundamentación en la misma; a pesar de no haberse solicitado medidas cautelares de carácter personal a través de dicha apelación, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz mediante Auto de Vista 207/2015 de 9 de octubre, revocó las medidas sustitutivas y dispuso su detención preventiva.

Consiguientemente, como resultado del referido Auto de Vista, indebidamente fundamentado por no circunscribirse a los puntos apelados dentro de los cuales no se solicitó la detención preventiva, el accionante se considera ilegalmente detenido vulnerándose sus derechos a la libertad y al debido proceso.