Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0201/2016- S1
Fecha: 18-Feb-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 18/2015 de 19 de octubre, cursante de fs. 227 a 233, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Carlos Vicente Araníbar Escarcha contra Alberto Camilo Vera Moreira, Yuri Sergio Pereira Avendaño, Wilbert Iporre Bustillos, Carlos Francisco Balbin, Grover Churata Quispe, Carlos Severo Colque Iporre y otros, miembros del Tribunal de Honor de la Universidad Autónoma Tomas Frías (UATF).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- Denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- no podrá ser interpuesta
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR