Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0201/2016- S1
Fecha: 18-Feb-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, disponiendo se deje sin efecto el Auto de apertura del proceso sumario de 10 de agosto de 2015, emitido por el Tribunal de Honor de la UATF, así como la Resolución emitida por el Director de la Carrera de Derecho de dicha Universidad, por la cual fue suspendido de sus funciones como docente titular de las asignaturas de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, Derecho Financiero Tributario, que regenta en los segundos y terceros niveles de dicha carrera, además la materia de Derecho Andino Amazónico de los cursos pre facultativos de la gestión 2015 y se restablezcan sus derechos y garantías y sea con pago de costas, daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- Denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- no podrá ser interpuesta
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR