SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2016-S1

Fecha: 18-Feb-2016

III.3.Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa a la conminatoria para la reincorporación de las y los trabajador

         Respecto a la obligatoriedad de los empleadores, de acatar las resoluciones que ordenen la reincorporación de las y los trabajadores que hubiesen sido separados de su fuente laboral; haciendo énfasis, acerca de la posibilidad de acudir a la vía constitucional en caso de incumplimiento, este Tribunal Constitucional Plurinacional, en su reiterada línea jurisprudencial, en la SCP 0138/2012 de 4 de mayo, por citar alguna, indicó lo siguiente: “…se puede establecer que con la resolución de reincorporación por parte del Ministerio de trabajo se acaba con la vía administrativa, pudiendo acudir el trabajador ante la justicia ordinaria, siendo dicha opción optativa del trabajador antes de acudir a la vía constitucional, toda vez que, conforme la jurisprudencia constitucional, una vez agotada la vía administrativa, no se necesita agotar también la vía ordinaria, para acudir a la jurisdicción constitucional ya que la vía administrativa y la ordinaria son dos vías diferentes”.