SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

segundo

En esta misma línea de análisis constitucional, se evidencia que la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz -hoy demandada-, en audiencia de acción de libertad informó que ante la presentación del “incidente de nulidad”, “el día viernes”   -16 de octubre de 2015-, se decretó dentro del plazo de veinticuatro horas, dándole el trámite correspondiente conforme el art. 308 del CPP, con traslado a las partes y al Ministerio Público, para que informe los extremos de la denuncia en igualdad de derechos, debiendo revisar el cuaderno de investigaciones para verificar los mismos; asimismo, el accionante hasta el 21 de octubre de 2015, no se apersonó para ver el proceso, ni las notificaciones correspondientes (fs. 111 y vta.).