SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2016-S1

Fecha: 29-Feb-2016

III.4. Del registro en Derechos Reales, las medidas precautorias y la embargabilidad, subasta y remate de bienes sujetos a registro.

Constituyen bienes inmuebles sujetos a registro, aquellos respecto a los cuales el ordenamiento jurídico, establece la obligatoriedad de su inscripción y registro ante un ente registral, en éste caso ante el Registro de DD.RR., es así que el Decreto Supremo (DS) 27957 de 24 de diciembre de 2004, reglamenta el sistema de registro de DD.RR., estableciendo los requsitos para la inscripción y sub inscripción de los mismos, a efectos de su oponibilidad respecto a terceros, otorgando publicidad a todos aquellos actos de disposición así como todas aquellas limitaciones que afecten dichos bienes.

Es en ese sentido que la señalada norma, citó entre los motivos que la fundan: “Que el Artículo 1 de la Ley de 15 de Noviembre de 1887, concordante con el Artículo 1538 del Código Civil, establece la existencia de la Oficina del Registro de Derechos Reales destinada a la inscripción y publicidad de todas las transferencias, mutaciones, gravámenes y limitaciones que recaigan sobre los derechos reales”; estableciendo como finalidad del registro: “Que tanto la inscripción como la publicidad constituyen los elementos imprescindibles para que el derecho sobre bienes reales sea oponible a terceros y se garantice con aquello la seguridad jurídica de las transacciones, lo que redundará en beneficio de la actividad económica del país”; de lo que se colige que el objeto del registro es otorgar seguridad jurídica a todos quienes tengan registrado su derecho real, haciendo los mismos oponibles frente a terceros; siendo la referida normativa de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional, tal como señala el art. 2 al disponer que: “Las normas contenidas en el presente Decreto Supremo son de orden público y de observancia general y obligatoria en todo el territorio nacional”.