Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 5 de octubre de 2015, cursante de fs. 978 a 981 vta., dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Alain Wilber Sánchez Pérez en representación legal de Ronny Ronald Rivas Arandia contra Tania Roxana Peralta Uriona, ex Jueza Cuarta de Instrucción -actual Jueza Octava de Partido-; Marcelo Helmut Balderrama Torrez, Juez Sexto de Partido; y, Rafael Padilla Amestoy, Juez Cuarto de Instrucción, todos de Familia del departamento de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- III.2. Análisis del caso concreto
- el sólo hecho de la discrepancia manifiesta de la accionante respecto a lo decidido por las autoridades de la jurisdicción ordinaria, no se traduce en vulneración a sus derechos invocados ni configura el fundamento suficiente para acudir a la justicia constitucional en procura de revisar nuevamente lo decidido por las autoridades demandas
- CONFIRMAR