Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso en sus vertientes de legalidad y fundamentación de las resoluciones judiciales, alegando que a su turno las autoridades demandadas inviabilizaron el incidente de nulidad de obrados que planteó contra la citación por edictos con la demanda de asistencia familiar que se le practicó, sin considerar que el certificado laboral, cursante en obrados, consigna su domicilio, que además era de pleno conocimiento de la demandante -tercera interesada en la presente acción tutelar-.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- III.2. Análisis del caso concreto
- el sólo hecho de la discrepancia manifiesta de la accionante respecto a lo decidido por las autoridades de la jurisdicción ordinaria, no se traduce en vulneración a sus derechos invocados ni configura el fundamento suficiente para acudir a la justicia constitucional en procura de revisar nuevamente lo decidido por las autoridades demandas
- CONFIRMAR