Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2016-S1
Fecha: 29-Feb-2016
a)
Solicitó se conceda la tutela; y, en consecuencia declaren nulas las siguientes resoluciones: a) Auto 252/14 de 28 de mayo de 2014, dictado por el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz; b) Auto de Vista 389/14 de 29 de septiembre de 2014 y Auto Complementario 435 de 23 de octubre de 2014, ambos pronunciando los Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; resolviendo en el fondo disponga se dicte nuevo auto debidamente fundamentado y motivado, manifestándose respecto a todos los puntos de la incidencia con costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 13
- III.2.
- fundamentación
- , la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes en la sustanciación del proceso”
- congruencia de las Resoluciones judiciales o administrativas
- III.3. Análisis del caso concreto
- Auto de Vista No. 264/2011 “dictado por la Sala Civil Primera
- CONFIRMAR