SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad;

De lo referido solamente resulta exigible una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: 1) Por vulneración del derecho a una resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales” (las negrillas nos pertenecen).

Atentos a la jurisprudencia glosada, esta Sala no advierte que el accionante a tiempo de exponer sus argumentos lesivos, hubiese precisado o fundamentado si la labor desplegada por las autoridades demandadas, sobre la revalorización de la prueba, constituya una actividad valorativa que se aparte de los marcos de razonabilidad y/o equidad, pues se limita a sostener como se indicó líneas arriba, que las citadas autoridades no podían efectuar una nueva valoración probatoria, omisión que constituye para esta jurisdicción, un óbice que impide efectuar mayor análisis respecto a este tercer argumento lesivo.