SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

III.2.1.

III.2.1. Respecto al primer argumento lesivo, de obrados se constata que Carlos Hugo Argandoña Subieta -hoy accionante- presentó memorial de 15 de mayo de 2015 (fs. 750 y vta. anexo 4) de ofrecimiento de prueba, que mereció el decreto de la misma fecha (fs. 751 anexo 4) emitida por Roger Gonzalo Triveño Herbas -hoy demandado- que le fue notificado el mismo día (fs. 753 anexo 4), antecedente que permite advertir que el accionante tuvo conocimiento de que Roger Gonzalo Triveño Herbas -autoridad codemandada- asumió el conocimiento de la causa. Aspecto que también fue reiterado en la audiencia de amparo constitucional, registro que corre a fs. 222 vta., en cuyo desarrollo el patrocinador del accionante sostuvo: “…por una resolución 02/2015 de fecha 1 de abril del año 2015, nos enteramos que se habría reconformado la sala, estando constituida por el consejero Roger Triveño Herbas y por la consejera Cristina Mamani Aguilar, en esa circunstancias nosotros entendemos que con la conformación del nuevo tribunal debería habérseles hecho conocer de manera personal porque mi cliente hubiera presentado su recusación…” (sic).