SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

II.2.

II.2.  Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2015 por el abogado de Blas Valencia Campos, ahora accionante, pidió a la Jueza Segunda de Ejecución Penal “control jurisdiccional” alegando “auxilio” por el irregular traslado que en ese momento se llevaba a cabo en su contra, solicitando ordene su regreso al Recinto Penitenciario San Pedro de  Chonchocoro de La Paz hasta que se resuelva el “incidente” de traslado a La Paz presentado por su persona (fs. 1 y vta.). Dicho memorial mereció decreto de 22 de septiembre de 2015, por el cual Ancelma Lafuente Mendoza, Jueza Segunda de Ejecución Penal -hoy demandada-, resolvió: “Se decreta en la fecha en vista de que mi autoridad el día lunes 21 de septiembre de 2015 se encontraba con baja médica -adjunto fotocopia-, y desconozco los motivos por los que el juez en suplencia legal no se haya constituido al juzgado. En lo principal: Estése a lo dispuesto en resolución de la fecha. Al otrosí: Franquéese por secretaría” (sic) (fs. 1 vta.).