SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2016-S3

Fecha: 29-Feb-2016

concedió

El Juez Mixto de Partido y de Sentencia Penal de Puerto Suárez del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 28 de agosto de 2015, cursante de fs. 454 a 456, concedió la tutela solicitada, disponiendo la revocatoria de la Resolución Sancionatoria en Contrabando AN-PSUZF-RS 010/2015, y, la prosecución del trámite de nacionalización de la maquinaria declarada por el accionante hasta su conclusión, debiendo cancelar el arancel aduanero correspondiente, bajo el siguiente fundamento: a) El art. 6 de la Ley 133, que permite la nacionalización de maquinaria agrícola, establece las tres causales por las cuales se excluyen del acceso a este programa, situación que es refrendado por la Resolución de Directorio RD 01-021-14, aclarando que en el último punto refiere que podrán acogerse: “Todo Tractor y/o Maquinaria Agrícola deberá ser de uso exclusivamente agrícola”; b) La nota AN-USOG 3899/2015, del Viceministerio de Desarrollo Rural y Agropecuario, mencionó que la mercancía específica que se pretende nacionalizar, no es de uso exclusivamente agrícola; c) Los precedentes y argumentos expuestos por la ARIT Santa Cruz y “…General La Paz…” (sic), versan sobre el principio de legalidad que rigen los procesos tributarios, razón por la cual, la Ley 133 prevalece frente a resoluciones y reglamentaciones de menor jerarquía, más aún cuando se limita la esencia del motivo de la Ley, como en el presente caso, el saneamiento legal de motorizados que no se encuentren expresamente considerados en las exclusiones del art. 3 de la citada Ley; y, d) En atención a la solicitud de la tutela inmediata e inminente, respecto al riesgo en el que se encontraría el tractor agrícola de propiedad del accionante, que se dedica a coadyuvar en la limpieza de potrero arado y desmonte de malezas; es decir, habiéndose fundamentando el daño inminente e irreparable, se concede la tutela.