Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2016-S3
Fecha: 29-Feb-2016
II.2.
II.2. Por Resolución Sancionatoria en Contrabando AN-PSUZF-RS 010/2015 de 27 de enero, pronunciada por la Administradora de la Aduana Puerto Suárez de la Gerencia Regional Santa Cruz de la ANB, la cual resolvió entre otros, declarar probada la comisión de contrabando contravencional, contra el ahora accionante (fs. 346 a 349), notificándose al mismo el 28 de igual mes y año, a horas 9:00, en secretaría de la Administración Aduanera Puerto Suarez (fs. 345).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- sin cuestionar en la primera oportunidad que se tuvo dentro de la tramitación del proceso, ya sea judicial o administrativo
- REVOCAR