Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2016-S3
Fecha: 29-Feb-2016
II.3.
II.3. Por escrito de 5 de febrero de 2015, el hoy accionante solicitó a la Administradora de Aduana Puerto Suarez, le franqueen fotocopias simples de todo el cuaderno, incluyendo las actas de intervención, los informes y las diligencias de notificación “…que al presente cuentan con Resoluciones Sancionatoria en Contrabando AN-PSUZF-RS N° 010/2015 de 27 de Enero…” [(sic) fs. 344].
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- sin cuestionar en la primera oportunidad que se tuvo dentro de la tramitación del proceso, ya sea judicial o administrativo
- REVOCAR