SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2016-S3

Fecha: 29-Feb-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante refiere que las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos a la propiedad, al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la defensa, a la tutela judicial efectiva y a la inocencia; toda vez que, los Vocales demandados al dictar el Auto de Vista 113/2015, confirmando el Auto 150/15 de 30 de marzo del mismo año, no se pronunciaron sobre el cumplimiento o no de los requisitos específicos para usucapir, si se tasó o no correctamente la prueba, si se interpretó o aplicó correctamente la ley, pues de haberse valorado tales aspectos, se hubiera concluido que era factible declarar la nulidad del proceso o del Auto apelado y por ende, ordenar la integración de su persona a la litis, plasmando así en la decisión de alzada una fundamentación alejada del Auto que rechazó el incidente de nulidad, omitiendo valorar que los medios de prueba ofrecidos, evidenciaban que el actor no se encontraba en posesión pacífica y continuada por más de diez años en el inmueble usucapido.