SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2016-S3

Fecha: 29-Feb-2016

III.1.  De la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y padres progenitores

El art. 48.VI de la CPE, determina que: “Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su estado civil, situación de embarazo, edad, rasgos físicos o número de hijas o hijos. Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad”.