Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2016-O
Fecha: 15-Mar-2016
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por decreto de 9 de junio de 2015, se dispuso la suspensión de plazo a objeto de recabar documentación, reanudándose el mismo mediante decreto de 30 de octubre del citado año; así también por decreto de 10 de noviembre del año referido se volvió a suspender el plazo a fin de solicitar documentación complementaria, reanudándose por decreto de 1 de marzo del año 2016, por lo que la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo.
- acción de amparo constitucional
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3
- II.4.
- a)
- Fragmento 7
- el juez o tribunal de garantías que conoció la acción tutelar, una vez conocida la queja por demora o incumplimiento en la ejecución de sentencias emanadas de acciones tutelares, con la finalidad de asegurar un debido proceso
- mediante Auto expreso, rechazará la queja o la concederá
- Con la resolución pronunciada por el juez o tribunal de garantías
- Fragmento 11
- III.2. Análisis de la denuncia
- Fragmento 13
- argumentó en la Sentencia Nacional Agroambiental en análisis
- Sentencia Nacional Agroambiental S1a N° 12/2016;
- HA LUGAR