Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2016-O
Fecha: 15-Mar-2016
II.3
II.3.El memorial de incumplimiento fue puesto a conocimiento de los Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental (fs. 1145) quienes elevaron informe el 20 de abril de 2015 (fs. 1166 a 1167), con el que se corrió traslado a la parte actora, absolviéndola el 24 de abril de 2015 (fs. 1169 a 1171 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3
- II.4.
- a)
- Fragmento 7
- el juez o tribunal de garantías que conoció la acción tutelar, una vez conocida la queja por demora o incumplimiento en la ejecución de sentencias emanadas de acciones tutelares, con la finalidad de asegurar un debido proceso
- mediante Auto expreso, rechazará la queja o la concederá
- Con la resolución pronunciada por el juez o tribunal de garantías
- Fragmento 11
- III.2. Análisis de la denuncia
- Fragmento 13
- argumentó en la Sentencia Nacional Agroambiental en análisis
- Sentencia Nacional Agroambiental S1a N° 12/2016;
- HA LUGAR