AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2016-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2016-O

Fecha: 15-Mar-2016

III.2. Análisis de la denuncia

Posterior a correrse en traslado, los Vocales de la Sala Social “Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa” resolvieron la denuncia de cumplimiento de Sentencia a través del Auto 220/2015 de 12 de mayo, declarándola no ha lugar, con la que se notificó a Carlos Alberto Suárez Valdivia el miércoles 13 de mayo de 2015; contra la que planteó impugnación el 18 de mayo del indicado año, motivo por el cual, este Tribunal se encuentra compelido a resolver la presente denuncia, en observancia a lo citado en el Fundamento Jurídico II.1, a objeto de verificar los extremos denunciados.

Inicialmente señalar que, la representante del accionante, alega que la Sentencia Nacional Agroambiental 11/2014 de 8 de abril (cuyo incumplimiento se denuncia)  desconoció totalmente que en la Ficha FES y la Ficha Catastral se consignó la existencia de 1157 cabezas de ganado vacuno y 4 caballos, con la marca “A”, olvidando que a momento de adquirir los predios, se apersonó y presentó toda la documentación al INRA para el correspondiente registro, no obstante, inmediatamente se procedió al proceso de reversión del predio.