DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2016
Fecha: 29-Mar-2016
I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el punto 3º de la parte dispositiva, de la DCP 0092/2014 de 19 de diciembre, el Presidente del Órgano Legislativo Municipal de Uyuni, presentó acta de la Sesión Extraordinaria de 23 de octubre de 2015, cursante de fs. 1805 a 1808, Ley Municipal Autónoma 55/15 de 27 del mismo mes y año, Ley de aprobación a la segunda adecuación (fs. 1801 a 1804 vta.), y el proyecto de la Carta Orgánica antes enunciado en físico y medio magnético (fs. 1809 a 1856), en el que se consigna las adecuaciones al texto del mencionado Proyecto, cuya admisión fue efectuada mediante decreto constitucional de 21 de enero de 2016, por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, misma que fue remitida a este despacho el 26 del mes y año señalado, para su correspondiente resolución dentro de los plazos procesales establecidos.
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- INCOMPATIBILIDAD
- III.
- IMPROCEDENCIA
- 22.II
- II-
- parágrafo II
- su aceptación supone renuncia tacita al cargo de concejalas o concejales
- I.
- inc.
- su aceptación supone renuncia tacita al cargo de Alcaldesa o alcalde’
- Incompatibilidad según la DCP 0169/2015:
- inc. f),
- aprobado por el Concejo Municipal
- “
- “Artículo 72°.- (Interpelación a las secretarias y secretarios municipales)
- sanción
- “Artículo 72º.-