DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2016

Fecha: 29-Mar-2016

II-

II- Las naciones o pueblos indígena originario campesinos que no constituyan una autonomía indígena originaria campesina podrán elegir sus representantes ante el Concejo Municipal de forma directa mediante usos y costumbres, en el marco del respeto de los principios democráticos constitucionales y lo dispuesto en el sistema electoral de la presente carta orgánica” (la negrilla es agregada).

II- Las naciones o pueblos indígena originario campesinos que no constituyan una autonomía indígena originaria campesina podrán elegir sus representantes ante el Concejo Municipal de forma directa mediante normas y procedimientos propios en el marco del respeto de los principios democráticos constitucionales y lo dispuesto en el sistema electoral de la presente carta orgánica”.