El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la DCP 0020/2016 de 29 de marzo, por lo que emite el presente Voto Disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la DCP 0020/2016 de 29 de marzo, por lo que emite el presente Voto Disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.

Fecha: 29-Mar-2016

Fragmento 6

Concordante con este propósito, la Constitución Política del Estado, en su art. 9.1, establece como uno de los fines del Estado: Construir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social para consolidar las identidades plurinacionales”. De acuerdo con nuestro análisis, la construcción de una sociedad justa y armoniosa, simboliza al “qhapaq ñan”[1] o “sara thaki”[2], o sea, retornar al camino de la vida noble; es decir, volver al estado de armonía del “vivir bien”, que aquí denominamos “qhapaq marka”[3].