SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2016

Fecha: 01-Mar-2016

II.1.

II.1.  Mediante Voto Resolutivo de 22 de junio de 2012, suscrito por Ramón Donato Mamani Colque, Galo Plata Rojas, Lucy Sandoval de Mamani y Deysi Mamani de Plata, todos autoridades IOC de los ayllus Chulumani y Pira Pirani, autoridades políticas, municipales, Comité de Vigilancia, Junta de Vecinos y otras entidades de la localidad de Todo Santos, Segunda Sección de Mejillones del departamento de Oruro, entre los puntos sobresalientes, resolvieron: a) Declarar a Sinforiano Mamani Rojas, persona no grata e irresponsable, por lo que se le comunicó que el pueblo no le cederá ni un metro, por tanto, el terreno denominado “Campamento” deberá ser devuelto en su totalidad a la población, caso contrario se lo expulsará según usos y costumbres de la comunidad, otorgándole término hasta el 30 de agosto de 2012, para devolver el citado predio a las autoridades de la comunidad; y, b) Que, las autoridades no serán responsables por los daños y reacciones de la comunidad que a futuro se manifiesten según usos y costumbres (fs. 102 y 144).