Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2016
Fecha: 01-Mar-2016
II.5.
II.5. Cursa Voto Resolutivo de 13 de enero de 2013, mediante el cual los miembros de la comunidad de Todo Santos, otorgaron su pleno respaldo a Galo Plata Rojas y a Ramón Donato Mamani Colque, además, solicitaron se tenga presente que el conflicto se originó por una decisión de esa comunidad, que no existieron atentados contra la vida de ninguna persona, y que sus autoridades y exautoridades, actuaron en el marco de la Constitución Política del Estado (fs. 204 a 207 vta.).
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Alegaciones de las Autoridades IOC del municipio de Todos Santos, Segunda Sección de la provincia Mejillones del departamento de Oruro
- I.2. Alegaciones del Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro
- I.3. Admisión
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el procedimiento a aplicarse en conflictos de competencias entre las jurisdicciones indígena originaria campesina, ordinaria y agroambiental
- cuando este Tribunal evidencia la existencia material de un conflicto interjurisdiccional de competencias, ya sea positivo o negativo, no puede rechazar la posibilidad de asumir conocimiento por la inexistencia de una ‘demanda’; toda vez que, bastará a la jurisdicción constitucional el constatar las resoluciones de declinatoria de ambas instancias jurisdiccionales, o en su caso que cada una asuma competencia dentro del mismo caso, evidenciándose de esas resoluciones el conflicto de competencias que habilita a este Tribunal a conocer el caso concreto
- III.2.
- III.3
- 1)
- Juez imparcial aquel que decida la controversia judicial sometida a su conocimiento exento de todo interés o relación personal con el problema, manteniendo una posición objetiva al momento de adoptar su decisión y emitir la Resolución
- COMPETENTE