SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2016-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2016-s2

Fecha: 21-Mar-2016

II.4.

II.4.  Mediante escrito de 25 de agosto de 2015; René Eduardo Márquez Abuawad, reiteró a la Gerencia Distrital II Santa Cruz del SIN, emita Auto de conclusión de los proveídos de inicio de Ejecución Tributaria 527/2007, 528/2007 y 5653/2011, argumentando haber procedido al pago total de la deuda tributaria; y, el levantamiento de la anotación preventiva al estar cancelada la acreencia reclamada; observando además que la misma recayó sobre un bien que a la fecha ya no era de su propiedad y que si existían otras deudas, debieron ser registradas en su oportunidad. Impetrando en su Otrosí 1, se indique expresamente, cuáles fueron los títulos de ejecución tributaria, por los cuáles el SIN, pretendía rematar un inmueble ajeno a su propiedad, y cuyo único registro gravado fue pagado oportunamente en su totalidad (fs. 12 a 15).