SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2016-S1

Fecha: 10-Mar-2016

i)

Fallo ante el cual el accionante mediante memorial de 10 de mayo de 2015, planteó recurso de apelación, alegando: i) Parcialidad del                   Juez demandado, al rechazar por Resolución 01/2015, la promoción             de la acción de inconstitucionalidad concreta planteada, observando incumplimiento de requisitos, tomando como propias atribuciones que son de la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, desconociendo los principios y valores jurídicos establecidos en los arts. 4 inc. b), 5, 6 y 37 inc. a) del Acuerdo 75/2013; ii) Incongruencia en los alegatos expuestos respecto a la correspondencia o no de revisión del Auto de Vista 018/2014, que rechazó su excusa y al mismo utilizarlo para motivar y establecer la falta disciplinaria, respaldando la sanción determinada; iii) Contradicción al analizar la improcedencia de una tercera instancia, cuando en realidad se cuestiona una segunda que permita ejercer el derecho a impugnar; iv) Parcialidad y renuencia en la labor investigativa de averiguación de los hechos que permita constatar si corresponde o no la responsabilidad disciplinaria, que dio lugar a otorgarle absoluta certeza probatoria al Auto de Vista 018/2014; v) Inexistencia de excusa declarada ilegal; porque solo se la rechazó sin sanción alguna; y, vi) Ausencia de determinación y fundamentación del agravio y del afectado, conforme a la normativa vigente, que permita establecer el nexo de causalidad entre la denuncia y el sustento del hecho inserto en la ley; cuando no se probó la declaración ilegal de su excusa y el supuesto daño causado.