SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2016-S1

Fecha: 10-Mar-2016

concedió

La Sala Social Contenciosa Tributaria y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 133/2015 de 2 de octubre, cursante de fs. 140 vta. a 143, concedió la tutela solicitada, ordenando al Juez Décimo Segundo de Partido Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, a que en el plazo de setenta y dos horas dé cumplimiento a la Resolución adoptada mediante providencia de 18 de diciembre de 2011, dentro del proceso ejecutivo seguido contra la empresa accionante, con los siguientes fundamentos: a) Conforme lo señalan los arts. 514 y 515 del Código de Procedimiento Civil abrogado (CPC abrg.), lo jueces están obligados a hacer cumplir sus resoluciones aún cuando se encuentren en ejecución de sentencia e incluso habiendo declinado competencia y levantado las medidas, tanto del embargo como la retención de fondos, en ese sentido el mismo deberá materializar dicho levantamiento, no pudiendo dejar de hacer cumplir sus resoluciones; b) Fue vulnerado el derecho a recibir una respuesta eficaz, lógica, coherente y razonable, lo que sin duda vulnera el derecho al debido proceso, de acceso a la justica en forma oportuna y eficaz; y, c) El hecho de que el Juez demandado no haya dado cumplimiento a la decisión adoptada, además de haber omitido las reiteradas solicitudes de TELECEL S.A. en cuanto a las medidas precautorias, ha violentado el derecho a la propiedad, por cuanto la actuación realizada, limita el derecho al uso, goce y disfrute de los bienes de su propiedad y a la seguridad jurídica.