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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2016-S1

    Fecha: 10-Mar-2016

    II.3.

    II.3.    Por Acta de embargo de 7 de septiembre de 2011, la Oficial de Diligencias del Juzgado Décimo Segundo en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, embargó el inmueble ubicado en el barrio Villa Brígida, unidad vecinal 59 y manzana 47, inscrito en DDRR bajo matrícula 7.01.1.99.0030529 (fs. 54).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.10.
    • II.12.
    • III.
    • III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo
    • …el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (…) comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos’
    • La trascendencia del debido proceso se encuentra en íntima vinculación con la realización del valor justicia en el procedimiento,
    • III.4.
    • CONFIRMAR

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