Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2016-S1
Fecha: 10-Mar-2016
II.3.
II.3. En audiencia de juicio oral de 11 de mayo de 2015, el ahora accionante, planteó incidente de incompetencia en razón a que la jurisprudencia constitucional habría determinado que no es posible la acumulación de acciones de orden público y privado, señalando como fundamento las SSCC 0366/2003-R de 25 de marzo, 0390/2004-R de 16 de marzo y 1376/2004-R de 25 de agosto, solicitando la nulidad de todo lo obrado hasta el estado en que el Ministerio Público, efectúe una nueva imputación formal (fs. 421 a 423).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4 Análisis del caso concreto
- verdad material’
- Fragmento 17