Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2016-S2
Fecha: 23-Mar-2016
II.3.
II.3. Contra la Resolución de apelación, los terceristas en la vía excepcional interpusieron recurso de revocatoria in extremis, mereciendo el Auto 61 de 22 de julio de 2015; por el cual, rectifica la decisión adoptada en el Auto de Vista de 8 de julio del año mencionado y lo modificó revocándolo y declarando probada la tercería de derecho preferente al pago (fs. 104 a 107 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2.Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. De la posibilidad de recurrir en las resoluciones judiciales
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- Fragmento 17