Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2016-S2
Fecha: 23-Mar-2016
a)
Solicita se conceda la tutela disponiendo: a) Se deje sin efecto el Auto de Vista de 18 de noviembre de 2014, se revoquen los Autos de 21 de noviembre de 2013; y, b) Se ordene a la Jueza Tercera de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, ingrese al fondo del incidente de suspensión de ejecución e incidente de nulidad de subasta y emita nuevas resoluciones de acuerdo a la normativa vigente aplicables para el caso concreto, atendiendo los fundamentos expuestos en su demanda de amparo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II. 1.
- II. 2.
- II. 3.
- II. 5.
- II. 6.
- II. 8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- serían rematados colectivamente en un solo acto, momento, hora y precio.
- incidente de suspensión de ejecución,
- incidente de nulidad de subasta
- denegado
- CONFIRMAR en todo