SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2016-S2

Fecha: 23-Mar-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega la vulneración de sus derechos de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva; al debido proceso; justicia pronta y oportuna; a la seguridad jurídica y a la igualdad de las partes; toda vez que los inmuebles de su propiedad registrados en DD.RR., bajo las matrículas 7011060027029, 7011060027030 y 7011060012132, sobre los que se constituyó hipotecas en garantía de la obligación demandada tienen derecho autónomo, con sus respectivas partidas, haciendo tres derechos propietarios distintos y tres objetos de subasta y remate diferentes. No obstante de ello la Jueza demandada, agrupó sus predios y derechos en una sola propuesta y acto de remate; es decir, en un solo momento, horario y precio; realizando de esta forma un remate colectivo prohibido por ley. Frente a este defecto, interpuso ante dicha autoridad judicial incidente de suspensión de ejecución e incidente de nulidad de subasta, rechazados que fueron ambos de forma indistinta mediante Autos de 21 de noviembre de 2013, por haber operado el principio de preclusión en el primer caso y el principio de convalidación en el segundo caso; por separado apeló dichos incidentes ante el Tribunal de apelación quien en ese mérito se pronunció sobre los dos incidentes en el Auto de Vista 460, confirmando las Resoluciones de la Jueza a quo.