Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2016-S3
Fecha: 03-Mar-2016
II.6.
II.6. Cursa certificado de nacimiento emitido el 1 de octubre de 2015, por el Oficial de Registro Civil del departamento de Tarija, indicando que en la Oficialía 60101001, libro 111, partida 43 y folio 43 de la localidad del mismo nombre, conforme a la partida expedida el 20 de mayo de 2015, se hallaba inscrito el nacimiento de AA, acaecido el 9 del referido mes y año, cuyos padres son Héctor Jiménez Huaite -ahora accionante- y María Viraca Pacolla (fs. 2).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “concedió parcialmente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La abstracción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional, cuando se demande protección de mujer embarazada, extensible al padre progenitor
- frente a un contrato a plazo fijo renovado en más de dos ocasiones, para efecto de la protección prevista en la Constitución Política del Estado, el contrato será considerado como indefinido
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR