SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2016-S1

Fecha: 11-Mar-2016

II.6.

II.6.  El 3 de octubre de 2015, el Tribunal Disciplinario y el Directorio del Sindicato de Transportes “16 de Noviembre” -demandados-, respondieron a la nota precedentemente señalada, indicando que el Directorio Ejecutivo, Comité de Fiscalización y “Comisión de Disciplina” determinaron que para proceder a la reconsideración de la Resolución 01/2015, el accionante debía devolver el total del dinero faltante; asimismo, decidieron que mientras no realice lo mencionado no podría vender su espacio de trabajo, tampoco ser parte de ningún directorio ejecutivo, “comisión disciplinaria” o comité de fiscalización y no puede faltarles el respeto o amenazarlos, el incumplimiento a dichas condiciones provocaría su expulsión directa y sin reclamo (fs. 5 a 6).