SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2016-S3

Fecha: 08-Mar-2016

ii)

Por lo expuesto, se constata que el referido Auto de Vista 22/2015, carece de motivación; por cuanto, no explica el fundamento por el cual impone la sanción de anular obrados, determinación drástica que merece ser justificada conforme establece la jurisprudencia constitucional expuesta en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, debido a que la motivación de las resoluciones judiciales se constituye en un derecho fundamental que está directamente vinculado con el debido proceso previsto en el art. 115.II de la CPE y el bloque de constitucionalidad como se mostró ut supra.