SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2016-S3

Fecha: 08-Mar-2016

III.2.2. Resolución del caso

La accionante considera vulnerados sus derechos a raíz que la autoridad judicial demandada emitió en grado de apelación el Auto de Vista 22/2015 de 9 de abril; el cual, se constituiría según la accionante en un acto arbitrario al haber dispuesto la nulidad de obrados basado en temas estrictamente gramaticales sin considerar los presupuestos para la procedencia de la nulidad, tales como la indefensión y la trascendencia.

En ese sentido, se advierte que en ejecución de fallos Víctor Colque Choque -hoy tercero interesado- planteó incidente de nulidad de obrados, que fue rechazado por Auto de 28 de octubre de 2014, como se mostró en la Conclusión II.1. de la presente Resolución constitucional; sin embargo, luego de ser apelado por la referida persona se pronunció el Auto de Vista 22/2015 de 9 de abril, complementado por Auto de 17 de ese mes y año, que dispuso anular obrados  “…hasta fs. 705…” (sic), que señaló lo siguiente: