Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2016-S3
Fecha: 02-Mar-2016
II.6.
II.6. Consta Resolución Fundamentada de Aprehensión de 26 de noviembre de 2015, emitida por los Fiscales de Materia demandados contra la ahora accionante en el “CASO SIGNADO CON EL N° 1417424” (sic) investigación conocida como “FONDO INDIGENA” (fs. 22 a 26 vta.) y orden de aprehensión de 26 de noviembre de 2015, emitida por las autoridades demandadas contra la ahora accionante (fs. 27).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- i)
- Fragmento 14
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria.
- III.3.2. Respecto a la vulneración al derecho a la libertad
- CONFIRMAR