SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2016-S3
Fecha: 30-Mar-2016
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 13 de 20 de noviembre de 2015, cursante de fs. 158 a 159, pronunciada por la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela impetrada únicamente respecto a la vulneración al debido proceso, disponiendo la nulidad del Auto de Vista 155 de 16 de julio de 2015, debiéndose emitir una nueva Resolución conforme a los razonamientos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 6
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.1.
- II.4.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- alcance
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- admisible y procedente la apelación incidental de la parte imputada,
- medidas cautelares
- CONFIRMAR