SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0329/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0329/2016-S2

Fecha: 08-Abr-2016

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 15/2015 de 15 de diciembre, cursante de fs. 36 a 38 vta., denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: 1) En cuanto a la intervención de la Fiscal de Materia -hoy demandada-, el Ministerio Público presentó la imputación formal cumpliendo las formalidades legales, luego de lo cual, en audiencia cautelar el Juez dispuso su detención preventiva, por lo que dicho acto procesal no tiene relación de causalidad con dicha detención; máxime si entre sus atribuciones la imputación constituye una actuación obligatoria; 2) El Auto Interlocutorio 312/2015 de 16 de septiembre, contiene una fundamentación ampulosa que tomó en cuenta inclusive nuevos indicios relativos a la probable autoría, en los cuales se advierte que no existe valoración defectuosa y que se encuentra debidamente motivada en relación al art. 234.1, 2, 4 y 10 del CPP; así como sobre el peligro de obstaculización, aclarando que no se presentó prueba suficiente para desestimar el peligro de obstaculización y menos para desvirtuarlos; y, 3) Respecto al Auto de Vista 144/2015 de 2 de octubre, la fundamentación se efectuó en forma debida, pues se pronunciaron en relación a la probable autoría; así como a las declaraciones de los testigos; peligros procesales de obstaculización y fuga, en forma motivada y debidamente fundamentada, acorde a derecho; lo cual no es óbice para que el accionante solicite nuevamente cesación a la detención modificando los indicios que desvirtúen los riesgos procesales aunque la probabilidad de autoría pueda mantenerse hasta el juicio.