Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2016-S2
Fecha: 18-Abr-2016
CONFIRMAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia; los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución de 07 de 23 de diciembre de 2015, cursante de fs. 14 vta. a 16 vta., pronunciada por los Vocales de la Sala Penal Tercera, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de celeridad en la administración de justicia
- III.2. La autoridad judicial que conozca de las solicitudes de las que dependa la libertad de las personas debe actuar con la debida celeridad
- devenga de dilaciones indebidas
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo