SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2016-S2
Fecha: 18-Abr-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante señala como lesionados sus derechos de las familias y al debido proceso, en razón a que dentro del proceso penal por violencia intrafamiliar iniciado por su marido, la Fiscal de Materia ahora demandada determinó medidas de protección a favor del demandante, alejándola de su hijo y desalojándola de su departamento, sin tomar en cuenta las pruebas presentadas por su parte, respecto a la imposibilidad de ser la agresora por su complexión frágil y su delicado estado de salud, debido a un reciente embarazo, además de no tomar en cuenta que ella es copropietaria del departamento del cual fue desalojada por ser un bien ganancial; aparte de ello, la Fiscal de materia demandada procedió a imputarla sin tomar en cuenta todos los elementos probatorios presentados por ella, hecho que la mantiene alejada de su hijo por el lapso de más de cinco meses; por lo que, solicita que deje sin efecto tales medidas de protección como la imputación realizada, por ser ambas resoluciones carentes de fundamentos al no valorar integralmente las pruebas presentadas por su persona.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. El derecho al debido proceso, dentro de las acciones de libertad, cuando el mismo no está vinculado directamente con el derecho a la libertad o a la vida
- Fragmento 11
- III.3. Análisis en el caso concreto
- el derecho al debido proceso sólo puede ser objeto de tutela por esta acción tutelar cuando esa presunta vulneración genera un estado absoluto de indefensión y que el mismo esté directamente relacionado a la lesión del derecho a la libertad o la vida, extremo que no se produjo en la presente causa
- denegado
- CONFIRMAR en todo