SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2016-S2

Fecha: 18-Abr-2016

II.4.

II.4.  El Auto de Vista 111/2015 de 14 de diciembre, pronunciado por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, ahora autoridades demandadas, declaró procedente el recurso de apelación incidental interpuesto por Ana Raquel Díaz Lucana y dispuso la nulidad del Auto Interlocutorio Motivado 262/2015, argumentando que el Juez a quo no realizó una valoración integral de la imputación formal y no consideró la naturaleza de la etapa preparatoria y el carácter provisional de la imputación formal; y determinó la existencia de suficientes elementos indiciarios que establecen con probabilidad la participación del imputado en el hecho investigado y en consecuencia, determinaron la concurrencia del requisito exigido en el art. 233.1 del CPP, que fue objeto único del recurso de apelación. No se advierte fundamentación alguna que permita sostener y justificar la decisión de declaratoria de nulidad del Auto Interlocutorio Motivado 262/2015, decisión asumida “frente a la petición del recurrente” (fs. 233 a 236).