SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2016-S3

Fecha: 06-Abr-2016

II.1.

II.1.  Dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta el 25 de abril de 2014, por Wendel Natán, Liz Juana y Rossío Estela Henry Alvarado -ahora accionantes- contra Pedro Quiroga Acosta, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba -hoy demandado-, los accionantes alegaron que habiendo demandado la usucapión del inmueble que habitan, se pretende ejecutar mandamiento de desapoderamiento en su contra, cuando a raíz de dicha demanda pueden resultar propietarios del inmueble que se quiere desapoderar, causándoles perjuicios irreparables. La mencionada acción tutelar, fue resuelta en revisión por este Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante SCP 0230/2015-S1 de 26 de febrero, por la que se revocó la Resolución del Tribunal de garantías, y se denegó la tutela, con el argumento de no haberse advertido “…que se hayan cumplido con las subreglas consistentes en la acreditación de la posesión…” (sic), refiriendo que la prueba aparejada a la demanda era insuficiente para que pueda dar lugar a que provisionalmente se suspenda el mandamiento de desapoderamiento de los accionantes respecto del inmueble en litigio (fs. 195 a 205).