Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2016-S3
Fecha: 06-Abr-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos a la tutela judicial efectiva, al acceso a la justicia y a la “seguridad jurídica”, señalando que -dentro del proceso coactivo civil- el Juez hoy demandado rechazó su pedido de dar cumplimiento a las medidas precautorias de prohibición de innovar y contratar adoptadas dentro de un proceso de usucapión por la Jueza Primera de Partido en lo Civil y Comercial de Quillacollo del departamento de Cochabamba, ni a suspenderse la expedición del mandamiento de desapoderamiento que plantearon.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR