Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2016-S3
Fecha: 06-Abr-2016
II.1.
II.1. Mediante Resolución final 01/14 de 4 de septiembre de 2014, el Tribunal de Honor del Sindicato Mixto de Transportistas Urkupiña Línea “Q”, declaró probada la denuncia contra José Luis Cáceres Basto -hoy accionante- por infracción flagrante y contundente del Estatuto y Reglamento Interno del Sindicato, determinándose la expulsión definitiva del mismo, con la perdida de sus derechos adquiridos en el mismo (fs. 46 a 47).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza de la acción de amparo constitucional
- a efectos de resguardar sus derechos subjetivos de forma oportuna y efectiva, cuando, ante el agotamiento de instancias ordinarias y/o legales, no se hubiere resguardado su derecho pese a ser reclamado
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR