SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2016-S3

Fecha: 06-Abr-2016

II.1.

II.1.  Gloria Consuelo Cuellar Müller, Jueza Primera de Instrucción en lo Civil del departamento de La Paz -ahora codemandada-, por Auto de 16 de marzo de 2015, refirió que: “Estando interpuestos los recursos de reposición contra la providencia de fs. 572vta. y contra la providencia de fs. 583 de obrados, con la respuesta que antecede, corresponde puntualizar que: (…) -a fs. 529vta. ‘…De la revisión de obrados se evidencia que a fs. 506 vta. de obrados ya se apercibió a la parte demandada a dar cumplimiento a lo dispuesto por el      art. 17 del código de procedimiento civil, providencia que fue reiterada a       fs. 516 vta siendo que la denuncia persiste a la fecha “SE CONMINA BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY A LA PARTE DEMANDADA SR. JOSE RENGEN TE[R]RAZAS A DAR ESTRICTO CUMPLIMIENTO A DICHA NORMATIVA LEGAL LA CUAL ES DE ORDEN PUBLICO Y CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO” sea con las formalidades de ley.