SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2016-S3

Fecha: 06-Abr-2016

3)

3)  El parágrafo III del artículo y norma antes mencionados, ya que la deuda tributaria de diciembre de 2004, por concepto de IVA, caducó el 1 de enero de 2007; consiguientemente, la Gerencia Distrital del SIN de Yacuiba, al rechazar sus solicitudes de prescripción de dicha deuda vulneró el derecho al debido proceso y a la defensa;